Charla de Claudio Doreste, abogado independiente vinculado a Attac Canarias, sobre la venta de hipotecas impagadas de los bancos a los fondos buitre.
El 19 de Junio del 2019 Attac Canarias, por medio de Paco Morote organiza una charla a las 4:30 de la tarde en el Colegio de Abogados de Las Palmas. La Charla fue repetida esa misma tarde en el Cafe de Espacio. Aqui puedes escuchar el audio de la charla y leer un resumen del contenido de ella.
Resumen:
Vamos a explicar algo complicado de forma sencilla:
En las leyes actuales ya existe la obligación de que el banco cuando quiere vender una hipoteca impagada a un fondo buitre debe comunicárselo a el hipotecado porque este tiene derecho en un plazo de 9 días a pagar la deuda al banco al precio que el banco se la quiere vender al fondo buitre.
En la practica el banco intentará vender cientos de hipotecas impagadas de 150.000 euros a 7500 euros cada una, entonces según la ley vigente y que no se usa en España, el hipotecado, (que no puede pagar la hipoteca porque por ejemplo se ha quedado sin trabajo) tiene 9 días para pagarle al banco los 7500 euros. Por lo que sí se los paga queda saldada la totalidad de la deuda del hipotecado con el banco. Ya que el banco tiene la obligación de comunicárselo al deudor, cosa que es obligatoria por ley y que tampoco se cumple.
En definitiva existen unas leyes que no se cumplen y como el banco suele vender al fondo buitre la deuda hipotecaria al 7% de su valor real, el hipotecado podría conseguir saldar su deuda por una cantidad muy pequeña en comparación con la deuda inicial. Pero eso no se hace por el desconocimiento del hipotecado y de los abogados de las leyes,y por que el banco no le comunica al hipotecado que va a vender la deuda a un fondo de inversión.
Claudio Doreste propone un sencillo decreto ley para proteger al hipotecado. El decreto viene explicado más adelante.
Veamos todo esto en más profundidad.
Cuando una persona hipotecada deja de pagar las cuotas de la hipoteca. El banco en lugar de ir a un procedimiento judicial en el que se subasta la casa, y si no se cubre la deuda encima sigues debiendo la deuda. Y pierdes la casa. En lugar de hacer eso el Banco va y se la vende a un fondo de inversión.
El banco junta todos los créditos que tiene impagados y va y se pone en contacto con un fondo de inversión o fondo buitre. (Normalmente el fondo buitre es propiedad del mismo banco) Y una deuda de 1000 millones de euros se la vende al fondo buitre por 50 millones de euros. (El fondo buitre puede pagar este dinero con dinero negro de paraísos fiscales)
Un notario certifica que los contratos hipotecarios pasan a ser propiedad del fondo de inversión.
Con ese documento notarial el fondo de inversión va al juzgado y subrroga la deuda.
Por lo que el banco vende una hipoteca impagada a un fondo buitre y el propietario ni se entera. Junto con cientos de hipotecas impagadas.
Pero es que hay un articulo en el código civil que es el 1535 articulo que tiene 125 años y que proviene del derecho Romano que dice: “El que dió cantidades para que se le cedieran acciones no consiga de ellas mas que lo que por ellas hubiera dado.” En otras palabras. Vendiéndose un crédito litigioso el deudor tiene un plazo de 9 días naturales para pagar por ese crédito el precio por el que se vende.
En palabras sencillas:
Señor Banco si usted va a vender mi crédito de 150000 euros a ese fondo buitre por 7500 euros comuníquemelo a mí y yo le pago a usted el banco los 7500 euros. Ya que tengo nueve días de plazo para hacerlo.
Ya que en la normativa de la Unión Europeas en concreto en la ley de Créditos de consumo en su artículo 31 punto 2 dice:
Cesión de derechos: se informara al consumidor de la cesión indicada en el apartado anterior excepto cuando el prestamista original siga prestando los servicios relativos al préstamo del consumidor.
Es decir, la Cesión de derechos dice que el Banco debe comunicarle al hipotecado que el Fondo Buitre va a ser el nuevo propietario de la deuda. Cosa que en España no se hace aunque lo exige la ley.
Para solucionar el problema de la venta masiva de hipotecas impagadas a fondos buitre. Claudio propone un decreto ley para que sea estudiado por el Gobierno o por el Congreso.
La propuesta hecha por Claudio Doreste es en líneas generales esta.
Artículo 1.
Cuando se produzca una cesión de crédito, o cualquier traspaso de crédito. Primero se deberá notificar esta circunstancia al deudor.
Articulo 2
El afectado tendrá derecho a pagar la deuda al precio que se ha pagado más las costas procesales. Con un límite de las costas procesales del 5 %.
Articulo 3.
El plazo para ejercer dicha compra será de tres meses desde que se notifica la compra.
Se suspenden todos los procedimientos judiciales relativos a la hipoteca.
Desde Attac Canarias se prestará apoyo a Claudio Doreste para que su propuesta llegue hasta la clase política. Poniéndose en contacto con representanes de Unidas Podemos.
Firmado Mario Utopía.